Viajes Ruta 66 S.A.S. actúa exclusivamente como intermediaria entre los viajeros y los prestadores de los servicios incluidos en los itinerarios, tales como:
Empresas de transporte
Hoteles y alojamientos
Operadores de atracciones turísticas
Restaurantes
Otros prestadores del sector turismo
Por lo anterior, Viajes Ruta 66 no asume responsabilidad por:
Deficiencias o fallas en la prestación de servicios por parte de terceros
Accidentes, lesiones, pérdidas, daños, robos o retrasos durante la ejecución del viaje
Pérdida o daño de equipaje u objetos personales
Viajes Ruta 66 se reserva el derecho de sustituir hoteles, actividades u otros servicios inicialmente confirmados, por otros de igual o superior categoría, si las circunstancias así lo requieren, garantizando siempre el cumplimiento general del itinerario.
Cuando el transporte se realice en vehículos propios o alquilados por Viajes Ruta 66, el pasajero acepta expresamente:
Someterse a la legislación del país donde esté matriculado el vehículo
Renunciar a cualquier reclamación fuera de esa jurisdicción
En caso de accidente, aceptar que las indemnizaciones estarán a cargo de las compañías aseguradoras, en la moneda legal del país de matrícula
Viajes Ruta 66 no es responsable por:
Pérdidas de vuelos, trenes, cruceros o cualquier otro medio de transporte por retrasos o causas externas
Servicios adquiridos directa o indirectamente con otros operadores
Equipaje perdido o dañado mientras esté bajo custodia de terceros
Viajes Ruta 66 S.A.S. cumple con la legislación colombiana en materia de turismo, consumo y protección de datos personales, incluyendo:
Ley 679 de 2001: Prevención de la explotación y el turismo sexual con menores
Ley 1558 de 2012: Modificación de la Ley General de Turismo
Ley 1101 de 2006: Disposiciones complementarias en turismo
Ley 1480 de 2011: Estatuto del Consumidor
Ley 1581 de 2012: Protección de datos personales
En cumplimiento del Artículo 17 de la Ley 679 de 2001, advertimos que:
La explotación y el abuso sexual de menores de edad son delitos penal y administrativamente sancionados en Colombia.
Conforme a la Resolución 3840 de 2009 y el Artículo 1 de la Ley 1336 de 2009, Viajes Ruta 66 ha adoptado un Modelo de Código de Conducta para prevenir e impedir cualquier forma de explotación sexual infantil en el contexto de los servicios turísticos.
En cumplimiento del Decreto 2438 de 2010, el cliente declara haber sido informado de manera clara y suficiente, y manifiesta haber leído, comprendido y aceptado la totalidad de estas condiciones y restricciones aplicables a los servicios ofrecidos por Viajes Ruta 66, incluyendo los prestados por terceros (operadores turísticos, aseguradoras, transportistas, etc.).